Servicios

Diseña tu futuro con las ventajas y garantías de CYG Inversiones

¿Quién se puede beneficiar de C&G Inversiones?

Personas mayores que vendan su vivienda y nos trasladan la gestión de la venta, así como la inversión y monetización de la misma.

  • Personas mayores de 80 años. Excepcionalmente a partir de 75 años.
  • Que desean complementar su jubilación.
  • Con la posibilidad de establecer una renta inmediata a cambio de
    monetizar / capitalizar su vivienda.
  • En Madrid capital dentro de la M-30, aunque también estudiamos distritos cercanos a la misma.
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Garantías de C&G Inversiones

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  • Tasación Oficial a cargo de la SOCIMI, para la oferta de compra y el pago inicial.
  • En caso de vida del cliente. Poder vivir toda su vida en la vivienda. Si decide marcharse, lo puede hacer a partir de los (6) meses. Pago del resto del Capital que se constituye según su fecha de nacimiento para el compensatorio de rentas. Si el cliente falleciera o se fuera después de consumir las rentas compensatorias, no cobraría nada, la vivienda pasa a la SOCIMI.
  • En caso de fallecimiento del cliente. Dependiendo de la fecha del fallecimiento, si quedara Capital pendiente de las rentas compensatorias no consumido, lo cobrarían sus beneficiarios. Si se hubiera consumido el Capital establecido para rentas compensatorias, los beneficiarios no cobrarían, y la vivienda pasaría a la SOCIMI.
  • Plan de Asistencia Familiar opcional: seguro de decesos básico o plus.

Servicios de C&G Inversiones

  1. Organizar las reuniones para presentar el producto de la SOCIMI y la oferta inicial a la tasación.
  2. Recoger y recabar todos los datos del inmueble y de su propietario.
  3. Alta del inmueble en la Plataforma de la SOCIMI y presentación de la oferta inicial de compra del inmueble.
  4. Gestionar la autorización de venta del inmueble con la propiedad, y gestionar la reserva del inmueble con la SOCIMI, para garantizar a ambas partes la operación.
  5. Organizar, una vez firmada la autorización de venta del inmueble, el día y hora de ir a tasarlo.
  6. Negociación de las condiciones del contrato de arras (compra-venta).
  7. Verificación de la legitima titularidad del PROPIETARIO del inmueble a comprar, mediante la aportación de la Nota Simple informativa obtenida del Registro de la Propiedad al que pertenece, y verificando el estado de cargas.
  8. Elaboración del contrato de arras según Ley.
  9. Consecución del certificado del estado al corriente de los recibos ordinarios y extraordinarios de la Comunidad de Propietarios de la finca a la que pertenece el inmueble.
  10. Consecución para el día de la firma del Certificado Energético del inmueble que se vende arreglo a Ley.
  11. Consecución para el día de la firma ante notario de los cinco últimos recibos pagados del impuesto de la contribución (IBI).
  12. Verificación de la existencia o no de recibos pendientes o futuras derramas aprobadas del inmueble.
  13. Copia de los Estatutos de la Comunidad y copia y verificación de la ITE del edificio donde se encuentra el inmueble (piso).
  14. Consecución para el día de la firma en notaría de la escritura original del inmueble que se vende.
  15. Consecución para el día de la firma ante notario de los últimos recibos de agua, luz, gas, y autorización para cambiarlos.
  16. Copia del seguro del inmueble: el del inmueble (piso) y copia del de la Comunidad.

Contacte con nosotros y reciba una valoración de su vivienda de manera gratuita y sin compromisos.